Después de lo visto y leído, sentencias y recursos, pleitos y más pleitos, las cláusulas suelo de las viviendas siguen ahí, pero con condiciones. El Tribunal Supremo se ha pronunciado al respecto y ha sentenciado que los pactos entre el banco y el cliente sobre una nueva cláusula suelo son válidos siempre que sean transparentes.
En este sentido, hay que recordar que tras la sentencia del 9 de mayo de 2013, algunos bancos pactaron con sus clientes rebajar sus suelos a cambio de que estos no reclamaran. Sobre si una cláusula abusiva es subsanable y si esa renuncia es válida, el Supremo ha resuelto que los pactos entre banco y cliente sobre una nueva cláusula suelo son válidos siempre que sean transparentes.
Para que haya una debida transparencia, el Supremo indica que el banco debe de informar de la evolución pasada del índice. «Se trata de alcanzar un acuerdo de concesiones recíprocas de manera que la incertidumbre se convierta en seguridad», explica en su fallo del 28 de diciembre.
La sentencia se remite a la resolución de Luxemburgo del pasado 9 de julio de 2020, que exige que el acuerdo sea transparente si no ha sido negociado y permite la renuncia a la reclamación, siempre que el cliente actúe con plena libertad y bien informado.