Tras las últimas reformas del Código Penal, las empresas tienen la obligación de implementar un protocolo de cumplimiento normativo, conocido también como compliance.
La implantación de un programa de cumplimiento normativo es relevante tanto para inversores, clientes, proveedores actuales o potenciales, ya que valorarán la relación con empresas que garanticen dicho compromiso.
Cabe destacar la repercusión positiva, tanto interna como externa, que tiene la implantación de un Corporate Compliance:
Es precisamente la exigencia de protocolos de prevención de delitos en el seno de las empresas una de las novedades más importantes de nuestro Código Penal. La única manera de que la sociedad y, en su caso, el administrador pueda exonerarse de la responsabilidad penal por delitos cometidos por sus trabajadores es tener implementado un corporate compliance. Tal y como se establece en el art. 31 bis del Código Penal tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2015, la persona jurídica quedará exenta de responsabilidad si el órgano de administración ha adoptado y ejecutado con eficacia antes de la comisión del delito modelos de organización y gestión eficaces. Deberá llevar a cabo un órgano con poderes autónomos medidas de vigilancia y control idóneos para prevenir el delito o para reducir de forma significativa el riesgo de su comisión.
Lazaar Abogados dispone de un equipo multidisciplinar de profesionales que le ayudará a implantar un sistema de cumplimiento normativo eficaz. Le ayudaremos en:
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