El Tribunal Supremo mediante sentencia 608/2019, de 14 de noviembre, declara la nulidad del acuerdo por el cual la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) ha venido repartiendo las tarifas de los derechos de autor en los últimos años en función de la franja horaria.
El Alto tribunal estima que la entidad no actuó de manera correcta al tratar de frenar los beneficios de los músicos de la franja de madrugada, teniendo que revisar todos los repartos efectuados desde junio de 2014.
Con esta sentencia, el Tribunal Supremo ratifica la resolución de la Audiencia Provincial de Madrid, al determinar que no es válido un acuerdo posterior de la Junta Directiva aprobando lo que no fue aprobado por la Asamblea, ya que este es el órgano de máxima autoridad de la entidad.
Este caso tiene su origen en el año 2014, cuando el presidente a esa fecha de la SGAE decide trasladar la decisión aprobada por la Junta Directiva sobre el cambio de reparto de la franja nocturna a la votación de la Asamblea General de socios.
Al no obtener la modificación de los repartos la mayoría necesaria en la Asamblea, se retiró la competencia del máximo órgano consultado, volviéndose a plantear la medida rechazada en la Junta Directiva para aprobarla.
Los autores afectados presentaron la correspondiente demanda frente a tal decisión, siendo desestimada por el Juzgado de Primera Instancia número 82 de Madrid. Frente a la misma se interpuso recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid, la cual revocó la decisión del Juzgado de Primera.
La SGAE recurrió la sentencia de la Audiencia ante el Supremo al considerar que la misma vulneraba el principio de auto-organización de la entidad, al pretender delimitar y restringir el ámbito de control judicial sobre las decisiones asociativas.
Sin embargo, el Supremo desestima el recurso determinando que el control judicial cabe “cuando la dirección se ha apartado de su propia normativa”.
De esta manera, la entidad deberá ahora recalcular los pagos para hacer cargos y abonos de los repartos cometidos desde junio de 2014, oscilando el volumen de miembros afectados cerca de 45.000 y pudiendo elevarse la cantidad a reajustar por encima de los 100 millones de euros.
Fuentes:
https://elpais.com/cultura/2019/11/21/actualidad/1574326460_110937.amp.html
https://www.lavanguardia.com/vida/20191119/471761813899/sgae-tendra-que-…