Patinetes eléctricos: ¿Dónde está el límite?

Patinetes eléctricos: Los usuarios podrán ser sancionados por conducir con auriculares, haciendo uso del móvil, llevar pasajeros o circular de noche sin iluminación o prendas reflectantes y además podrán ser sometidos a test de drogas y alcohol.

Así  viene recogido en la nueva instrucción transitoria de la DGT sobre los VMP (vehículos de movilidad personal), que debido a su aumento en las zonas urbanas, se han convertido en un medio alternativo de desplazamiento, resultando necesaria la determinación de estos criterios dirigidos tanto a usuarios, Pacomo a ayuntamientos y agentes de la autoridad, hasta que se publique la normativa correspondiente, y que va en la misma línea, que ya se está debatiendo en la Unión Europea.
Su regulación por tanto se encuentra en fase de tramitación, por lo que resulta necesaria esta instrucción, publicada el pasado 4 de diciembre: “Era una petición que nos han realizado policías se tráfico, ante las situaciones que se están presentando en muchas ciudades y que inciden negativamente en la seguridad vial, en especial cuando afecta a los colectivos vulnerables” ha señalado Javier Villalba, subdirector de Normativa de la DGT.
Para empezar, ¿tenemos claro que es un VMP?
Los vehículos de movilidad personal son aquellos de una o más ruedas, de una única plaza, y propulsados únicamente por motores eléctricos, alcanzando una velocidad máxima comprendida entre los 6 y los 25Km/h.
Quedarían excluidos de la categoría de VMP los que llevan sillín, los diseñados para competiciones, los utilizados por personas con movilidad reducida, los que carezcan de un sistema de auto-equilibrio y aquellos que no sobrepasen los 6km/h, pues estos últimos se consideran juguetes.
Sentado lo anterior, en la actualidad a los VMP no se les exige autorización administrativa para circular ni para su conducción, y tampoco seguro obligatorio, por lo que sus conductores no perderán puntos en su carnet al conducirlos.
Pero lo anterior no evita que puedan imponerse sanciones ante comportamientos, por decirlo de alguna manera, poco diligentes, y que desde la publicación de la instrucción, son objeto de denuncia, enumerando los siguientes:
• Consumo de alcohol y drogas: Los usuarios de VMP están obligados a someterse a los controles de alcohol y drogas, y su sanción será en la misma cuantía que si condujeran cualquier otro vehículo, 500 o 1.000 euros según la tasa de alcohol, y 1.000 euros en caso de presencia de sustancias estupefacientes, inmovilizándose el vehículo. La negativa a someterse a dichas prueba, por el momento, será tratada como infracción administrativa.

• Uso de teléfono móvil y auriculares: Ambas conductas serán sancionadas con 200 euros.

• Cascos y otros elementos de protección: A falta de regulación en el Reglamento General de Circulación su uso se regirá por la correspondiente Ordenanza Municipal, pudiendo llegar a sancionarse en caso de establecerse su uso obligatorio con 200 euros, así como la inmovilización del vehículo.

• Circulación por aceras y zonas peatonales: tiene prohibida la circulación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 del RGC, siendo esta conducta sancionable con 200 euros, atendiendo a las matizaciones de las Ordenanzas Municipales.

• Pasajeros: Solo están autorizados para transportar a una persona, siendo sancionable el transporte de pasajeros con 100 euros de multa.

• Iluminación y prendas reflectantes: de uso obligatorio cuando la conducción sea nocturna, considerando lo contrario negligencia sancionable con 200 euros.

• Paradas y estacionamientos: su regulación es exclusivamente municipal.

• Menores conductores: Los padres, tutores, acogedores o guardadores legales de los menores de 18 años, responderán solidariamente de la infracción cometida por el menor.
Además la DGT advierte de la importancia de comprobar las características de los vehículos poniendo especial atención a la velocidad que alcanzan, y que no hayan sido manipulados, para que entren en la categoría de los VMP, pues en caso contrario, si no cumplen con los requisitos del Reglamento de la UE nº 168/2013, no podrán circular, y en caso de hacerlo, sus conductores serán sancionados con 500 euros, con inmovilización y depósito del vehículo.
¿Cómo lo regulan otros países de la Unión?
Alemania establece una edad mínima de 14 años para conducir estos vehículos, con una velocidad máxima de 20km/h, pudiendo circular por el carril-bici, aunque no por aceras ni zonas peatonales, obligando además a que estén asegurados igual que los ciclomotores y bicicletas eléctricas de alta velocidad (45km/h), mediante un seguro anual, que deberá ser visible sobre el vehículo, y que deberá contar también con frenos, reflectores, luces y timbre.
Austria, Bélgica, Finlandia, Noruega, Portugal y Suecia han ampliado su regulación para los ciclistas a los conductores de VMP.
En el caso de Noruega y Bélgica se establece un límite de velocidad de 20km/h. Bélgica en cambio lo ha aumentado de 18km/h a 25km/h. Italia prevé cambios normativos para permitir su circulación por aceras y carriles-bici, al igual que Irlanda, que está en fase de tramitación de una nueva regulación.
En los Países Bajos, los patinetes están clasificados en la misma categoría que los ciclomotores, con una edad mínima de 16 años, seguro obligatorio y autorización nacional de vehículos. En Reino Unido, por ahora, su uso es ilegal en la vía pública, aunque el gobierno está revisando la legislación.
Es evidente que la rápida crecida de venta y alquiler de estos vehículos, que parecía que comenzaban como un inocente juguete, hace necesaria una regulación, tanto a nivel  nacional como a nivel local, pues en la mayoría de los casos, como hemos visto, será la propia normativa municipal la que determine su uso y las conductas infractoras, debiendo el propio conductor preocuparse de las reglas de conducción dependiendo del lugar en que se encuentre, pues recordemos que estos vehículos están localizados y disponibles para alquilarlos en la mayoría de ciudades y capitales de provincia, así como en ciudades europeas cuyo uso además está muy orientado al turismo, ya que proporcionan un medio de transporte rápido y económico, aunque de momento queda puesta en duda su seguridad.

Fuentes:
http://revista.dgt.es/es/noticias/nacional/2019/12DICIEMBRE/1204instrucc…
http://revista.dgt.es/es/noticias/internacional/2019/0628Alemania-patine…
 

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