El director del Despacho de Abogados Lazaar Rachid Mohamed participa en el Congreso Nacional de Compliance en Granada

El letrado melillense impartió una ponencia titulada “Dificultades prácticas a la hora de implantar un sistema Compliance”

El director del Despacho de Abogados Lazaar, Rachid Mohamed Hammud, ha participado este viernes en el Congreso Nacional de Compliance que ha tenido lugar en Granada, organizado por  la Facultad de Derecho de la Universidad de Granada este jueves y viernes 8 y 9 de noviembre.
En la sala de conferencias de la Facultad de Derecho, Rachid Mohamed Hammud ha impartido una ponencia titulada “Dificultades prácticas a la hora de implantar un sistema Compliance”.
En una conferencia muy formativa y al mismo tiempo amena, debido al uso del power point para dar las claves de su charla a través de una pantalla, Rachid Mohamed Hammud fue enumerando dichas dificultades para la implantación de este programa de cumplimiento normativo, que es relevante tanto para inversores, clientes, proveedores actuales o potenciales, porque consigue que se valore la relación con empresas que garanticen dicho compromiso. Porque, como ha recalcado el abogado Rachid Mohamed, “el ‘compliance’ aplicado correctamente “exime de responsabilidad” de la empresa al mejorar su seguridad jurídica.

VENTAJAS
En su intervención, el letrado melillense explicó a los presentes las “Ventajas en la implantación de un sistema de Compliance”, como son “Prevención de infracciones y sanciones”, “Posibilidad de acceso a concursos públicos”; “Prioridad en la concesión de subvenciones públicas”;  “Mayor organización y control sobre los negocios”; “Aumento en la productividad y rentabilidad de la empresa”; “Prestigio reputacional” y “Seguridad y distinción de calidad”.
A la pregunta de ¿Cómo se previene el delito?, Rachid Mohamed expone dos medidas preventivas: la primera “medidas preventivas específicas a cada delito” cuyo riesgo ha ido exponiendo durante su ponencia, lo que llama “modelo italiano”; y la segunda  “políticas y controles más generales, sin referirse normalmente a todo el catálogo de delitos”, que en este caso se trataría del modelo anglosajón.
El “absurdo” en esta cuestión sería, subraya el abogado melillense, es que “si el delito se comete es que el Compliance no era bueno”.
Por todo ello, ha destacado la importancia del sistema Compliance para la empresa, por tratarse de un sistema que previene y evita riesgos que puedan acabar con el valor reputacional e incluso con el negocio de una persona jurídica.

A CONTINUACIÓN PUEDEN DESCARGAR EN FORMATO PDF LA PONENCIA AL COMPLETO CON EL POWER POINT QUE SE HA VISIONADO DURANTE LA CONFERENCIA IMPARTIDA POR RACHID MOHAMED HAMMUD EN LA FACULTAD DE DERECHO DE GRANADA

 

 

 

 

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