Ya no es «solo un perro»: Protección de las mascotas por la justicia en los divorcios

En los últimos años, los animales de compañía han dejado de considerarse simples cosas para ser reconocidos legalmente como seres sintientes, sujetos a una especial protección por parte de la legislación. Esta evolución ha comenzado a reflejarse en los tribunales, como ya han demostrados algunas sentencias anteriores y como vuelve a demostrar la reciente Sentencia 199/2025 de la Audiencia Provincial de A Coruña, que aplica la Ley 7/2023, de protección de los derechos y el bienestar de los animales en el marco de un procedimiento de divorcio con hijo menor y mascota.

¿Qué explica exactamente el Tribunal en la sentencia?

En el caso enjuiciado, el tribunal no solo ha decidido sobre la custodia del menor, sino que, además, también ha decidido sobre el régimen de convivencia y manutención del perro familiar. La resolución ha establecido que el cuidado principal del animal quede a cargo de la madre, mientras que el padre podrá disfrutar de su compañía durante las vacaciones de verano, coincidiendo con los periodos en que el hijo está con su progenitora.

Esta distribución no responde a un criterio de propiedad, sino que prioriza el bienestar del animal y su vínculo afectivo con los miembros de la familia, tal y como exige la Ley de Bienestar Animal.

Aplicación de la Ley 7/2023: animales como seres sintientes

La Ley 7/2023, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, en vigor desde marzo de 2023, introdujo importantes novedades. Una de las más relevantes es el reconocimiento de los animales como seres vivos dotados de sensibilidad, lo que implica que los jueces deben considerar su bienestar en cualquier procedimiento legal que les afecte, como sucede en los divorcios.

Artículo clave:

La ley en su artículo 1.2 recoge “Se entiende por derechos de los animales su derecho al buen trato, respeto y protección, inherentes y derivados de su naturaleza de seres sintientes, y con las obligaciones que el ordenamiento jurídico impone a las personas, en particular a aquéllas que mantienen contacto o relación con ellos”

Este cambio supone que los animales ya no se tratan como “cosas”, y abre la puerta a decisiones judiciales como esta, donde el juez ha establecido un régimen similar a una custodia compartida y reconocido el derecho al abono de una cantidad económica para su cuidado.

¿Quién paga los gastos del animal tras el divorcio?

La sentencia también detalla el reparto de los gastos del perro, lo que demuestra un enfoque integral en la protección del animal. En este caso se ha acordado que:

  • Cada progenitor deberá asumir el coste de alimentación durante los periodos en que tenga al perro consigo.
  • Los gastos veterinarios, extraordinarios e imprevistos se pagarán al 50% entre ambos.
  • Los traslados del animal también serán compartidos equitativamente.
  • El hombre deberá abonar 25 euros mensuales como contribución a la manutención del perro, actualizables conforme al IPC, durante el tiempo que convive con la mujer, que es la mayor parte del tiempo.

El interés superior del menor sigue siendo prioritario

Aunque la custodia del perro ha sido uno de los puntos novedosos del fallo, la Audiencia deja claro que el interés superior del menor sigue siendo el eje central de la decisión, tal y como establece el artículo 39 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 1/1996 de protección jurídica del menor.

Es decir, las medidas adoptadas para la mascota también tienen en cuenta la relación afectiva del menor con el animal, procurando preservar su estabilidad emocional en un momento tan delicado como es un proceso de separación.

Conclusión

El avance en la legislación y jurisprudencia en materia de bienestar animal está transformando la forma en que los tribunales abordan los procesos de familia. Esta sentencia es un ejemplo claro de cómo el sistema judicial comienza a integrar la sensibilidad social actual hacia los animales, protegiendo sus derechos y los lazos afectivos que forman parte del núcleo familiar.

Esta resolución marca un precedente importante y pone de relieve la necesidad de incluir en los convenios reguladores acuerdos específicos sobre el cuidado de las mascotas, al igual que se hace con los hijos menores.

En Lazaar Abogados, estamos comprometidos con un derecho de familia que se adapte a la realidad de hoy. Si necesitas orientación legal en tu proceso de divorcio, contacta con nosotros sin compromiso.

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